martes, 9 de noviembre de 2010

Maestros Integradores

MAESTROS INTEGRADORES - POSTERGACION POR EL CICLO 2011 DE LA
APLICACIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTA 246

Por Resolución N* 141 de la Presidenta del Directorio de Prestaciones
Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad,
resolvió la postergación de los efectos del acta 246 del Directorio de
Prestaciones Básicas.-

Esta Resolución lo que hace es postergar los requisitos que establece
la Resolución 246, que es implementar el cumplimiento de lo
establecido en el art. 6 de la ley 24901, respecto de quienes prestan
el servicio de Modulo de Integración Escolar.

Esta postergación NO IMPLICA DEROGACION DEL ACTA 246 sino solo
diferirla en el tiempo para hacerse efectiva a partir del año 2012.

Deben recordar que los requisitos que deben cumplir quienes prestan el
servicio de Módulo de Integración Escolar según el acta respectivo
son:

a) Pertenecer a una Escuela Especial
b) Pertenecer a un Centro Educativo Terapéutico
c) Pertenecer a un equipo interdisciplinario categorizado.

Los requisitos los pueden obtener quienes prestan el servicio en la
página del Servicio Nacional de Rehabilitación: www.snr.gov.ar

Esto significa que los Padres podrán percibir los importes que abonen
a los Maestros Integradores durante el ciclo 2011 de igual forma que
lo hicieron durante el 2010.

Aunque es importante que sepan Padres y quienes prestan los servicios,
que a partir del año 2012 la norma comenzará a tener vigencia, por lo
que los mismos tendrán todo el año 2011 para adecuarse a la norma para
evitar a los Padres problemas en el ciclo que comience en el año
2012.-