viernes, 23 de abril de 2010

Ley 2148. Ley de tránsito.

Gaby Kawa nos manda un mail, aconsejando que los que tienen en el auto, la oblea de discapacidad, para que no le pongan más multas injustificadas, lleven una copia de esta ley junto con los papeles de la Oblea.
Gracias Gaby y Silvia Fernández por mandarlo.




Ley 2148 de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires

7.1.18 Franquicia para personas con necesidades especiales.
Los vehículos identificados con el Emblema Internacional de la Discapacidad gozan de la franquicia de libre estacionamiento, sea que fueren conducidos por personas que ostenten el correspondiente Certificado Nacional de Discapacidad otorgado de acuerdo a la Ley N° 22.431 (B.O. N° 24.632) o por quienes los asistan, sólo en oportunidad de trasladarlos.
Esta franquicia no es de aplicación en los sitios especificados en los artículos 7.1.8 Y 7.1.9, excepto el punto 7 del inciso l), y en los determinados por el artículo 7.2.2 en los horarios en que rijan las reservas, excepto el inciso c).
7.1.19 Prohibición de remoción.
Queda prohibida la remoción de los vehículos identificados con el Emblema Internacional de la Discapacidad que se encuentren en uso de la franquicia de libre estacionamiento especificada en el artículo 7.1.18 del presente Código.
7.1.8 Prohibiciones especiales.
Queda prohibido estacionar y detenerse con carácter general en los siguientes sitios, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 7.1.2 y 7.1.3:
a. En doble fila, excepto como detención previa a la maniobra de estacionamiento.
b. En las esquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar la ochava como así también sobre la demarcación horizontal de sendas peatonales o líneas de pare.
c. En el interior de los túneles y en los puentes. Esta prohibición rige también en la zona de acceso y egreso de los mismos, hasta una distancia que en cada caso establece la Autoridad de Aplicación.
7.1.9 Prohibiciones generales.
Queda prohibido estacionar con carácter general en los siguientes sitios, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 7.1.2 y 7.1.3:
a. En los pasajes, en toda su extensión, junto a ambas aceras.
b. A menos de cincuenta (50) metros a cada lado de los pasos ferroviarios a nivel.
c. En los sectores de parada para detención de transporte colectivo de pasajeros y taxis.
d. En aquellos lugares señalizados, según determine por norma legal el Gobierno de la Ciudad.
e. En los sectores de ingreso y egreso de vehículos a la vía pública. Esta prohibición alcanzará inclusive el estacionamiento en el tramo de la acera opuesta, frente a los mismos, cuando el ancho de la calzada resulte insuficiente para las maniobras de ingreso y egreso de vehículos. En caso de estar permitido el estacionamiento junto a la acera donde está ubicada la entrada de vehículos y también el ancho de la calzada resulte insuficiente para maniobrar, la prohibición general se amplía un metro a cada lado del ancho de la entrada.
f. Frente a las entradas de locales de espectáculos públicos, en los horarios en que se realicen funciones en ellos.
g. Frente a la entrada de los edificios donde funcionen Comisarías y Cuerpos de Bomberos. Esta prohibición alcanzará inclusive al estacionamiento en la acera opuesta, frente a los mismos, cuando el ancho de la calzada resulte insuficiente para las maniobras de los vehículos afectados al servicio.
h. Frente a los vados o rampas para personas con necesidades especiales.
i. Sobre las sendas para ciclorodados.
j. En el frente de la totalidad del predio donde funcionen salas velatorias habilitadas según las normas vigentes, entre las 8 y las 22 horas. En ningún caso tal prohibición excederá los límites del citado terreno y no podrá superar los quince (15) metros aún cuando el mismo tenga una longitud mayor.
k. Frente a las bocas de entrada de los subterráneos.
l. A menos de diez (10) metros a cada lado de:
1 La entrada de hospitales, sanatorios, clínicas y centros que presten servicios de salud.
2 La entrada de escuelas, colegios y facultades en horas de clase.
3 La entrada de los templos en horas en que se celebren oficios o ceremonias.
4 La entrada principal de los hoteles con permiso de uso concedido que posean treinta (30) o más habitaciones y no presten servicio de albergue por horas.
5 La entrada de instituciones bancarias durante el horario de atención al público.
6 La entrada de sucursales de empresas de correo, durante su horario de funcionamiento.
7 La entrada perteneciente a sedes de instituciones legalmente constituidas de personas con necesidades especiales.
8 Las conexiones para provisión de agua por camiones cisterna que se encuentren frente a los hospitales, las que deberán estar claramente demarcadas.
m. En los sectores señalizados como reserva de espacios para estacionamiento de acuerdo a lo establecido en .el presente Código.
n. Junto a las aceras correspondientes de los tramos de arterias donde existan carriles exclusivos para algún tipo de vehículo, en el horario de funcionamiento de los mismos.

7.1.23 Ascenso y descenso de escolares o de personas con necesidades especiales.
a. Todo establecimiento educativo puede contar, de ser posible y sujeto al estudio técnico que realice la Autoridad de Aplicación, con dársenas para que los transportes escolares que operen en el ascenso y descenso de los pasajeros no obstaculicen ni obstruyan la normal circulación.
Si por razones de conformación de la arteria no fuera posible la instalación de estas dársenas, el lugar de ascenso y descenso puede localizarse en las inmediaciones de estos establecimientos educativos, a propuesta de sus directivos y previa autorización de la autoridad competente.
b. En los casos en que no sea posible contar con las dársenas autorizadas en el inciso anterior, se autoriza el estacionamiento momentáneo de vehículos que transporten alumnos que concurran a establecimientos educativos de nivel inicial, primario o de educación especial, excepto en los lugares establecidos en el artículo 7.1.8, sólo en los horarios de ingreso o egreso, debiendo cumplir las demás normas de carácter general del presente capítulo.
c. Los hospitales, sanatorios y los establecimientos educativos o de salud a los que concurran regularmente transportes de personas con necesidades especiales de los contemplados en el Título Décimo del presente Código, gozan de los mismos derechos y limitaciones establecidos en el inciso a) del presente artículo.

jueves, 15 de abril de 2010

Problemas de lateralidad en el aula


Publicado en CONSUMER EROSKI
Por MARTA VÁZQUEZ-REINA
el 24 de marzo de 2010

Problemas de lateralidad en el aula
Estos trastornos pueden provocar dificultades de aprendizaje e incidir en el rendimiento académico de los niños

La lateralidad es la tendencia espontánea a utilizar una de las partes simétricas del cuerpo: ojos, manos, pies u oídos. Es importante que padres y educadores estén atentos al desarrollo de este proceso en los más pequeños para detectar de forma precoz cualquier trastorno. Podrán prevenir así algunos de los problemas de aprendizaje o psicomotrices que se asocian a una lateralización incorrecta.
Diestro o zurdo. La tendencia general cuando se trata la lateralidad es centrarse en el uso dominante de una mano sobre otra, en concreto en la escritura. Sin embargo, al igual que las manos, el cuerpo humano cuenta con otros miembros simétricos cuyo uso predominante marca también la lateralidad de una persona: ojos, piernas y oídos.

Desde el nacimiento hasta los seis años, la lateralidad se desarrolla en distintas fases. En las primeras, de 0 a 2 y de 2 a 4 años, el niño no tiene definida una tendencia predominante, puede alternar un lado y otro para realizar sus actividades diarias. A partir de los 4 años y hasta los seis, comienza a definirse la dominancia en sus gestos automáticos y en procesos sencillos como coger el lápiz o jugar a la pelota.

La homogeneidad en el uso del lado izquierdo o el derecho rara vez revierte en un problema
La homogeneidad en el uso del lado izquierdo o el derecho rara vez revierte en un problema, pero cuando la dominancia es alterna, como ser zurdo de mano pero diestro de ojo (lateralidad cruzada), o se fuerza la tendencia natural de un lado sobre otro (lateralidad contrariada), pueden desarrollarse determinados trastornos que se traducen en dificultades de aprendizaje en las áreas de escritura, lectura o cálculo y en problemas psicomotrices que afectan al desarrollo motor de los niños.

Velocidad lectora lenta, equivocaciones en la organización temporal, tendencia a las inversiones de números o letras al escribir, confusión entre la derecha y la izquierda o dificultades de concentración y comprensión son algunos de los síntomas característicos de que algo falla en la organización lateral de un alumno. Estos problemas causan, en general, la desmotivación del niño, que tiende a rechazar las tareas escolares por su dificultad en estos aspectos.

Observación y seguimiento
Para evitar estos trastornos, los especialistas recomiendan a padres y docentes llevar un seguimiento de la lateralidad de los más pequeños en sus primeros años de vida. El primer paso es la observación, aunque también es posible realizar un test y otras pruebas sencillas que se pueden llevar a cabo para evaluar y predecir las tendencias de lateralización de los niños. Con ellas se descubren los primeros indicios de algún problema lateral que puede afectar a su posterior desarrollo académico.

Éstas son algunas de las actividades que contemplan muchas pruebas para que padres y educadores comprueben la tendencia lateral de los niños:

Mano: recortar con una tijera, cepillarse el pelo o los dientes, dibujar o escribir, poner el tapón de la bañera, enroscar y desenroscar el tapón de una botella, lanzar una pelota, golpear con un martillo, dar cuerda a un reloj, tensar una goma, distribuir cartas en una mesa o hacer girar el pomo de una puerta.
Pies: chutar un balón, saltar a la pata coja (la pierna que apoya es la dominante), pisar algo con el pie, levantarse desde la posición de rodillas (domina el pie que apoye al levantarse).
Ojos: mirar por un catalejo, a través de un agujero de un cartón o por una cerradura, apuntar con una escopeta de juguete, dejarle hacer una foto.
Oido: escuchar con la oreja pegada a la pared, intentar oír el tic-tac de un reloj.
Posibles soluciones
Los especialistas recomiendan no ser prematuros en determinar la tendencia del niño ni en estimularla
La finalidad de estas pruebas es descubrir la lateralidad natural del alumno para poder corregir si se confirma desorganización entre las dominancias de las diferentes partes corporales. Sin embargo, los especialistas recomiendan no ser prematuros en determinar la tendencia del niño ni en estimularla, porque en estos casos es cuando se puede generar una lateralización equivocada.

Si a partir de los cinco o seis años se detecta un problema significativo de lateralización, es recomendable trasladar el caso a un experto en la materia. En general, tras establecer el diagnóstico, se programa un tratamiento psicomotor individualizado que, según los especialistas, puede disminuir el trastorno entre un 80% y un 100%.

lunes, 5 de abril de 2010

Hojas de té verde y síndrome de Down


Hojas de té verde y sindrome de Down

El presente artículo es un resumen del artículo completo que sale en www.down21.org sobre las hojas de té verde y sindrome de Down

Las hojas de té verde contienen, entre otras sustancias, cafeína en cantidad baja y altas dosis de catequinas, que es un producto capaz de inhibir una enzima.
El gen que codifica a esta enzima está ubicado en el cromosoma 21 humano. Por lo tanto en el síndrome de Down hay una triple copia de este gen y esto hace que haya un aumento de la cantidad de proteínas en los órganos de las personas con síndrome de Down, concretamente en su cerebro.
Este aumento de proteínas provoca alteraciones en el sistema nervioso central y en su funcionamiento. Puede intervenir en la discapacidad intelectual, pero no es el único factor que interviene en esta discapacidad. Es decir que no es esencial que haya tres copias de este gen para que se manifieste la discapacidad, lo más probable es que es un factor más, junto con la triplicación de otros genes, en la instauración de la discapacidad.
Los que hicieron este estudio, administraron infusión de té verde (ver en el artículo completo la cantidad de dosis) a ratones hechos transgénicos. Y los resultados fueron:
- Menor grado de alteraciones morfológicas cerebrales.
- Mejora la memoria a largo plazo evaluada mediante un test.
- Mejora de procesos sinápticos.
Los autores sugieren que la administración de té verde, podría mejorar algunos aspectos de la cognición en las personas con síndrome de down.
Faltan todavía estudios experimentales previos para asegurar una posible utilización humana.
Esta prueba se realizó sobre ratones transgénicos en los que únicamente está sobreexpresado el gen DYRK1A, pero en el síndrome de Down, hay muchos más cuya sobreexpresión contribuye a la discapacidad.
También piensan que ayudaría en la enfermedad del Alzheimer.

Ver artículo completo en www.down21.org

domingo, 4 de abril de 2010

Prórroga por el servicio de apoyo a la integración escolar

"INTEGRACIÓN ESCOLAR
Prórroga por el ciclo lectivo 2010 a la cobertura de las prestaciones de Integración Escolar
Sres Obra Social:
En relación a la cobertura de las prestaciones de Integración Escolar para niños y jóvenes con necesidades educativas especiales (NEE), se informa que se ha resuelto una prórroga por el presente ciclo lectivo 2010 para que los prestadores que no se encuentran dentro de la normativa vigente se adecuen a la misma.
Esta decisión se ajusta a la recomendación efectuada por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las personas con discapacidad en el Acta Nº 248 del año en curso, y suspende el Acta 246 de 2009 por el plazo de prórroga establecido.
Se deja constancia que la prorroga tiene por fin garantizar a los beneficiarios con NEE integrados a la escuela común el normal desenvolvimiento de las prestaciones educativas que ellos requieren.
Lugar y Fecha:Bs.As., 4 de marzo de 2010"

Re: SERVICIO DE APOYO A LA INTEGRACION ESCOLAR Hace 2 Semanas, 4 Días Karma: 0
FUENTE: www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=i...c=novedadesGSB#16743